¿En qué consiste la Coordinación de actividades empresariales en Comunidad de Propietarios?
Fincas Olivares | En qué consiste la Coordinación de actividades empresariales en Comunidad de Propietarios

¿Sabes qué es la coordinación de actividades empresariales en una comunidad? Cuando hablamos de coordinación en comunidad de propietarios se hace referencia a la coordinación de actividades de empresas que intervienen dentro de una comunidad, lo cual es de suma importancia para garantizar seguridad a la comunidad de vecinos y los trabajadores de las empresas dentro de su labor dentro de un edificio.

En Fincas Olivares velamos por la seguridad de todas las actividades que se realizan dentro de un edificio. Por esta razón, te explicamos al detalle en qué consiste la coordinación de comunidad de propietarios, su obligación y cómo afecta a la comunidad y empresas que participan.

¿Qué es la coordinación de actividades empresariales de una comunidad de propietarios?

La coordinación de actividades empresariales de una comunidad de propietarios (CAE) consiste en garantizar la seguridad, salud y prevención de riesgos laborales de todos los trabajadores cuando se desarrollan actividades de varias empresas al mismo tiempo dentro de una comunidad de propietarios.

Así pues, recae en la comunidad la obligación de estudiar la situación, los posibles riesgos y las medidas que sean necesarias.

Se habla de coordinación puesto que implica asegurar la participación sin riesgos de diferentes empresas contratadas directamente por la comunidad para desarrollar actividades dentro del mismo edificio y qué deben trabajar a la vez.

¿La coordinación de actividades empresariales es obligatoria?

En la Ley 31/1995 de Protección de riesgos Laborales se destaca el derecho a protección de los trabajadores y, concretamente, en el artículo 24 – dentro de la coordinación de actividades empresariales – se indica que si en una misma comunidad se desarrollan actividades de dos o más empresas, deben cooperar en la aplicación de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales:

“Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores”.

Así pues, como bien indica el mismo artículo, la comunidad está obligada a hacer una evaluación de riesgos, una coordinación de seguridad y garantizar la seguridad y salud en el desarrollo de las actividades de las empresas contratadas:

“El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas preventivas correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores”

La coordinación de actividades empresariales de una comunidad de propietarios (CAE) y Fincas Olivares

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