Mascotas en viviendas de alquiler: preguntas y respuestas

Hoy en día las mascotas ya son un miembro más de la familia. Cada vez es más común que las personas convivan con uno o más animales de compañía en casa, lo que puede resultar en un impedimento para alquilar un piso. 

Desde nuestro equipo, especialista en gestión de fincas en Barcelona, hemos diseñado este “Q&A” sobre mascotas y alquiler para resolver todas tus dudas y ponérseto más fácil. 

¿Es legal prohibir mascotas en un piso de alquiler?

Esta es una pregunta muy común. Es cierto que ni el Código Civil, ni el Código Penal, ni la Ley de Propiedad Horizontal prohíben de forma explícita tener una mascota en una vivienda alquilada. En cambio, existe la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en la que, en el artículo 4.2 señala que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”. 

Por ese motivo, el arrendatario tiene el poder de decidir si quiere o no alquilar la vivienda a una persona que tenga mascota. En el caso de que no quiera un inquilino con mascota, deberá añadir una cláusula al contrato que lo prohíba. Nuestros profesionales en administradores de fincas en Barcelona siempre aconsejan a los clientes que en caso de duda, la añadan igualmente al contrato. De esa manera, se aseguran de poder decidir siempre si quieren permitir o no al arrendador tener una mascota.  

Además, la cláusula deberá especificar qué tipo de mascotas se admiten y cuáles no. Nuestro equipo experto en la gestión de fincas recomienda a todos sus clientes que se dirijan a un profesional para redactar este tipo de cláusulas. 

¿Hay que hacer un seguro especial para una mascota? 

No es imprescindible contratar un seguro que cubra los posibles daños que pueda ocasionar una mascota en una vivienda de alquiler, pero es recomendable. Las mascotas pueden tener un seguro, que además de cubrir la asistencia sanitaria, también es posible que cubra la responsabilidad civil. En ese caso, el seguro debería hacerse responsable de los daños que pudiera ocasionar la mascota en la casa de alquiler *(dependiendo del seguro y sus condiciones). 

¿Qué pasa si mi casero me permite una mascota pero los vecinos se quejan? 

Siempre es importante conocer las normativas de las comunidades y fincas. Cada vez es más común que no se permitan animales de compañía en ciertas comunidades de vecinos. En ese caso, la decisión ya no depende del arrendatario. En el caso de que si que se permitan, y los vecinos se quejen de la presencia del animal es el arrendatario estará en su derecho de rescindir el contrato de alquiler. 

El artículo 27.2 de la LAU señala que “el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato” por el “la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario” o porque se lleven a cabo actividades molestas, como la presencia de una mascota. 

 ¿Dónde busco pisos que admiten mascotas?

Cada vez son más los arrendatarios que no quieren alquilar sus viviendas a gente con mascotas, lo que dificulta aún más el proceso de búsqueda de vivienda. 

Nuestro equipo formado por los mejores gestores de fincas en Barcelona siempre aconseja usar buscadores que incorporen un filtro para separar las viviendas que aceptan o no mascotas. De esa manera la búsqueda es mucho más ágil y fácil. 

¿Puedo quedarme con la fianza si meten una mascota en mi piso?

La fianza sirve para cubrir los daños que los inquilinos puedan ocasionar a la vivienda, indiferentemente de la manera en la que hayan sido provocados. Es decir, si la mascota causa desperfectos a la vivienda, el arrendatario podrá quedarse la fianza para poder repararlo, pero por el contrario si el animal no ha causado ningún desperfecto,deberá devolverla y tomar otras medidas si lo considera necesario. 

Si tiene alguna duda, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de administradores de fincas, y estará encantado de ayudarle.